PROTECCION AL TRABAJADOR CESANTE

QUE ES EL SUBSIDIO AL DESEMPLEO?

Es un programa que busca garantizar la seguridad social de las personas que se encuentran en estado de desempleo.

FOSFEC

El subsidio al desempleo, permite a las personas que pierden su empleo, mitigar los efectos de esta situación manteniendo el acceso a salud, el ahorro para su pensión y el Pago de transferencia económica por valor de 1.5 SMMLV.

REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS:

1. Encontrarse en condición de desempleado por cualquier causa o, en caso de ser independiente, que su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna otra fuente de ingresos.

2. Que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar un año continuo o discontinuo durante los últimos tres (3) años para los dependientes y dos (2) años continuos o discontinuos en los últimos tres (3) años para los independientes.

3. Inscribirse en cualquiera delos Servicios de Empleo autorizados como lo son las Agencias de Gestión y Colocación de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.(www.redempleo.gov.co)

4. Realizar el proceso de capacitación al que será remitido a través de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo y asistir mínimo al 80% de esta.

QUÉ BENEFICIOS SE OBTIENEN CON EL SUBSIDIO AL DESEMPLEO?

Comfaboy a través de su programa de Protección al Cesante, crea beneficios que le ayuden a las familias a alivianar sus cargas económicas en esta difícil etapa. Si usted o alguna de las personas que conoce llega a quedar sin empleo, Comfaboy está ahí para brindar apoyo con el Subsidio al Desempleo; también, con asesoría en la búsqueda de una nueva oportunidad laboral.
Los beneficiarios pueden acceder a:
1. Pago de salud y pensión (pago hasta por 6 meses)
2. Pago transferencia económica por valor de 1.5 SMMLV. (pago hasta por 4 meses)
3. Capacitación para el fortalecimiento de las habilidades y competencias que requieren las empresas.
5. Asesoría en la búsqueda de empleo a través del proceso de orientación laboral. Se realiza en nuestras Agencias
6. Incentivo económico por ahorro de cesantías.

PERDERÁN LOS BENEFICIOS QUIENES

• No acudan a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo.
• Rechacen sin justa causa el empleo que se le ofrezca, siempre y cuando este le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.
• Perciban efectivamente una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
• Incumplan, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y con los requisitos para participar en el proceso de selección por parte de los empleadores a los que hayan sido remitidos por éste.
• Descarten o no culminen el proceso de formación para mejorar sus competencias laborales al cual se haya inscrito, excepto en caso de fuerza mayor determinados por la Ley.
• Haber obtenido los beneficios mediante simulación o engaño, o a través de maniobras fraudulentas.
• Asistan a menos del ochenta por ciento (80%) de las horas de capacitación definidas en la ruta de empleabilidad.
• Obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada.
• Renuncien voluntariamente a las prestaciones económicas reconocidas.

NO PODRAN ACCERDER A LOS BENEFICIOS QUIENES:

1. Ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular.

2. Estuvieren devengando una pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.

5. No cumplan con la totalidad de los requisitos arriba mencionados

3. A pesar de haber terminado su relación laboral, de prestación de servicio u otra actividad económica como independientes, cuenten con una fuente directa adicional de ingresos.

4. Hayan percibido los beneficios de FOSFEC durante 6 meses continuos o discontinuos en los tres (3) últimos años.

¿QUÉ ES EL BENEFICIO DE AHORRO DE CESANTIAS?

Corresponde a un beneficio monetario que entregan las Cajas de Compensación Familiar a los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados bajo la modalidad de salario integral y los independientes, que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías, proporcional a su ahorro, el cual se hará efectivo en el momento en que queden cesantes y se pagará con cargo al FOSFEC, siempre y cuando cumpla con los parámetros aquí señalados.

Es del caso tener en cuenta que el beneficio monetario relacionado se reconoce al cesante siempre y cuando acredite el ahorro de sus cesantías por lo menos durante un (1) año, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 135 de 2014.

DOCUMENTACION

• Formulario único de postulación al Mecanismos de Protección al Cesante
• Fotocopia de la Cedula de ciudadanía del postulante
• Certificado de ultima EPS a la cual estuvo afiliado (estado suspendido, retirado o Sisbén)
• Certificado de vinculación Agencia de Gestión y Colocación de Empleo www.seviciodeempleo.gov.co
• Certificado de la Administradora de Fondo de Pensiones a la cual estuvo afiliado
• Certificado de terminación de contrato laboral donde se especifique: fecha de inicio, fecha de finalización, motivo de terminación, y salario devengado. En caso de no contar con esta certificación debe anexar formato declaración juramentada (este lo encontrará en el ítem de formatos)
• Certificación bancaria (Ahorro a la mano, nequi, daviplata o cuenta de ahorros).
• Formato manifestación escrita de deberes y derechos frente al Mecanismo de Protección al Cesante. (este lo encontrará en el ítem de formatos)

PASO A PASO PARA RADICADO EN LÍNEA

LINK DE POSTULACIÓN

TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

AVISO DE AUTORIZACION PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 Y DECRETO 1377 DE 2013.
Bienvenido al Mecanismo de protección al cesante, para la atención de su solicitud y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1636 de 2013 y el Decreto 2852 de 2013; tenga presente que usted debe confirmar si autoriza el tratamiento de datos personales establecidos en los términos de la Ley estatutaria 1581 de 2012, para fin exclusivo de la prestación de los servicios recibidos dentro de la ruta de empleabilidad del Mecanismo de protección al cesante. Recuerde que toda la información suministrada por usted, está amparada por la Ley de protección de datos personales (Ley estatutaria 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013

Por favor diligenciar el siguiente link: https://forms.gle/E1nzdJi2sh851w5a7

DECLARACION JURAMENTADA CESACION LABORAL

MANIFESTACION ESCRITA DERECHOS Y DEBERES MPC - FOSFEC

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