Subsidio Monetario

1. SUBSIDIO MONETARIO

QUE ES ?

El Subsidio Familiar es una prestación social que ofrecen las Cajas de Compensación Familiar a sus trabajadores afiliados y que constituye un importante ingreso para ser invertido en su núcleo familiar.
El subsidio familiar – cuota monetaria se paga en dinero por los beneficiarios de los trabajadores afiliados que tengan un ingreso inferior o igual a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en proporción al número de personas a cargo, provenientes del 4% destinado por las empresas afiliadas al pago mensual de aportes parafiscales, que nos permite contribuir al equilibrio social y al mejoramiento de la calidad de vida de las familias.
Tienen derecho a reclamar este subsidio por los beneficiarios: hijos e hijastros, padres del trabajador mayores de 60 años, hermanos huérfanos de padre y madre y que dependan económicamente del trabajador; los hijos o hermanos discapacitados reciben doble cuota de subsidio familiar, sin límite de edad.
Para no perder este derecho es importante que tanto trabajadores como empleadores tengan en cuenta las novedades mensuales que se presentan en la nómina para no afectar el pago oportuno de este subsidio.

REQUISITOS

  • El trabajador para poder acreditar subsidio monetario debe cumplir con los siguientes requisitos:
  • Estar vinculado a la Caja de Compensación Familiar.
  • No superar cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • No superar ingresos familiares a seis (6) salarios mínimos legales vigentes mensuales.
  • Tener personas a cargo que acrediten subsidio

AVISO IMPORTANTE PARA EMPRESARIOS Y TRABAJADORES
Para afiliarse a COMFABOY: es requisito legal diligenciar completamente el formulario con datos reales, legibles, así como los anexos y venir firmado por el representante legal y el afiliado pertinente.
La omisión a este requisito puede generar falsedad documental investigada penalmente. 
Señor afiliado: solicitamos nos informe el medio de pago por el cual desea recibir el pago de la cuota monetaria, para la autorización debe diligenciar en su totalidad el formato SELECCION Y AUTORIZACION MEDIO DE PAGO  PARA LA CUOTA MONETARIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, F - 12- 833 .
Se debe anexar certificacion bancaria de cuenta activa y fotocopia de documento de identidad.
Esta información se debe remitir al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

PAGO DE LA CUOTA MONETARIA

Para tener derecho a la Cuota Monetaria del Subsidio Familiar, se hace necesario que:
• La empresa realice el pago de aportes oportunamente.
• Estar vinculado a la Caja de Compensación Familiar.
• No superar cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
• No superar ingresos familiares a seis (6) salarios mínimos legales vigentes mensuales.
• Beneficiarios (hijos y hermanos huérfanos) deben presentar certificado de estudio a partir de los 12 años y actualizarlo anualmente hasta un día antes de cumplir los 19 años.
• Beneficiarios (hijos y hermanos huérfanos) deben actualizar certificado de estudio semestralmente si se encuentran cursando nivel universitario, técnico, no formal o calendario B.
• Para hijos con discapacidad: Certificado médico donde conste la discapacidad, indicando tipo de discapacidad.
• Beneficiarios (hijos y hermanos huérfanos) mayores de 7 años deben presentar la tarjeta de identidad.
El trabajador debe diligenciar y firmar el formulario “SELECCIÓN Y AUTORIZACIÓN DEL MEDIO DE PAGO PARA LA CUOTA MONETARIA
DEL SUBSIDIO FAMILIAR”, adjuntando la certificación bancaria de la cuenta seleccionada, que puede descargar en la página web. (DESCARGUE AQUÍ).
Dentro de las alternativas para el pago de la Cuota Monetaria del Subsidio Familiar están:

ABONO A CUENTA BANCARIA DONDE AL TRABAJADOR LE DEPOSITEN EL SALARIO:
Si su Empresa le cancela mensualmente el salario a través de una cuenta bancaria, ya sea de ahorros o corriente, puede escoger esta como modalidad de pago de la cuota monetaria del Subsidio Familiar, cuyas ventajas son:
• No necesita identificación o inscripción Biométrica.
• Le da promedio de movimiento en su cuenta de Nomina.
• Fácil retiro de la cuota monetaria del Subsidio Familiar, sin necesidad de topes máximos de acumulación de ahorro o topes máximos de retiro.
• El pago de esta cuota monetaria del Subsidio Familiar en su cuenta de acuerdo a negociación o convenios que tenga usted con su entidad financiera, puede generarle rendimientos financieros.
• Mayor agilidad para la dispersión y pago de la cuota monetaria del Subsidio Familiar por parte de la Caja.

BANCOLOMBIA A LA MANO

MICROAHORRO BANCO AGRARIO

CUENTA CERO SCOTIABANK COLPATRIA

DAVIPLATA DE DAVIVIENDA

DESCARGUE AQUI EL FORMULARIO PARA SELECCIONAR LA FORMA DE PAGO DE SU CUOTA MONETARIA


INFORMES Y CONTACTOS
Tunja: 7441515 Exts. 1454 - 1456, celular 3144119242
Duitama: 7620154, celular 3203472155
Sogamoso: 7717861, celular 3203472157
Paipa: 7851543, celular 3203472167
Chiquinquirá: 7264001, celular 3203472184
Puerto Boyacá: 7383618, celular 3144119272
Guateque: 7540083, celular 3203472156
Samacá: 7372153, celular 3203472183

PRESCRIPCION DEL SUBSIDIO FAMILIAR

Recuerde que una vez recibido el subsidio monetario, tiene vigencia de 3 años según la Ley 21 de 1982. Artículo 6. Si usted es beneficiario del subsidio familiar monetario, le recordamos la importancia de hacer uso de este recurso que se encuentra abonado en su Tarjeta de Afiliación y servicios Comfaboy. Si aún no ha activado su Tarjeta lo invitamos a comunicarse con nuestro PBX 7441515 ext. 1470
PROCEDIMIENTO DE PRESCRIPCION CUOTA MONETARIA

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE JULIO 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE AGOSTO 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE SEPTIEMBRE 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE OCTUBRE 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE NOVIEMBRE 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE DICIEMBRE 2023

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE ENERO 2024

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE FEBRERO 2024

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA A PREESCRIBIR MES DE MARZO 2024

LISTADO DE AFILIADOS CON CUOTA MONETARIA GIRADOS A TARJETA INTEGRAL DE SERVICIOS A PREESCRIBIR MES DE SEPTIEMBRE 2023


LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2023-08

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2023-09

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2023-10

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2023-11

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2023-12

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2024-01

LISTADO DE AFILIADOS SUBSIDIO PRESCRITO 2024-02

PARA TENER EN CUENTA

  • Presentar los documentos completos junto con el formulario de afiliación. LINK A DOCUMENTOS
  • Si quedo algún documento pendiente por presentar, diligenciar nuevamente formulario de afiliación y anexarlo a excepción del certificado de estudio y certificado de discapacidad.
  • Si el formulario es descargado de la página web, favor entregar copia para que la empresa o trabajador se quede con un radicado.
  • El pago de aportes que realiza la empresa debe realizarse oportunamente para que el subsidio se abone el 25 de cada mes.
  • Beneficiarios (hijos y hermanos huérfanos) deben presentar certificado de estudio a partir de los 12 años y actualizarlo anualmente antes del 31 de marzo. Si un beneficiaro está próximo a cumplir 12 años de edad, se recomienda presentar con anticipación el certificado de estudio.
  • Beneficiarios (hijos y hermanos huérfanos) deben actualizar certificado de estudio semestralmente si se encuentran cursando nivel universitario, técnico, no formal o calendario B.
  • El pago de aportes no genera afiliación del trabajador a la Caja de Compensación, debe realizarse afiliación física anexando documentos. Ver documentos > (LINK A PERSONAS A CARGO)
  • La afiliación de beneficiarios a través de la herramienta Transacciones en Línea no permite la generación del pago de subsidio, se deben presentar documentos físicos.
IMPORTANTE: El formulario de afiliación debe venir firmado por el trabajador en su casilla correspondiente, este espacio no puede venir firmado ni por la cónyuge, ni por la empresa, ni por un tercero; de lo contrario se realizará la devolución correspondiente.

PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIONES RELACIONADAS CON EL PAGO DE LA CUOTA MONETARIA

TIPOS DE NOVEDADES

  • 1. RETIRO:
    Esta novedad es para el retiro definitivo de la Caja, como afiliado vigente; diligenciar los campos de la fecha exacta de cancelación del contrato de trabajo y la causa por la cual se realizó la novedad: Terminación contrato; Fallecimiento, anexar los documentos adicionales; Pensionado; No labora en Boyacá.

    2. TRASLADO:
    Si el trabajador es transferido a otra Ciudad o Municipio fuera de Boyacá, no debe figurar en la nómina de salarios sobre la cual efectúan el aporte a esta Caja y en consecuencia se considera como retiro definitivo (Ley 21 de 1982 y Ley 789 de 2002).

    3. SUSPENSIÓN:
    Es necesario que comunique la fecha exacta y la causa por la cual se realizó la novedad:
    Reanudación Contrato. Es decir que termina un contrato y en un lapso no superior a dos meses, inicia otro con la misma empresa. (ejemplos: Colegios, Empresas Temporales, etc. Se debe indicar la fecha de terminación del contrato y fecha de reanudación del siguiente período.)
    Licencia no Remunerada. Se registra el período durante el cual sin existir interrupción del contrato de trabajo, no existe remuneración.

    4. ACTUALIZACIÓN DE SALARIOS:
    Esta novedad es para el registro de aumentos en el salario devengado.
    Se tiene derecho al subsidio del mes en el cual se retira, siempre y cuando haya laborado mínimo doce (12) días o noventa y seis (96) horas del respectivo mes.
    Será responsabilidad de la empresa, la devolución o reintegro de los valores girados a exfuncionarios por omisión o demora del informe de retiro.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Si tengo más de 2 empleos diferentes, y la suma de ambos salarios no sobrepasa los 4 SMLV, tengo derecho a recibir el doble del subsidio en dinero?
Rta: No. Cuando el trabajador presta sus servicios a más de un empleador, así la suma de sus salarios no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes S.M.L.M.V, no tendrá derecho a recibir el doble subsidio, pues solo se reconocerá una afiliación.

¿Qué sucede en el caso de que el trabajador afiliado a la Caja de Compensación Familiar muera?
Rta: En caso de muerte de un trabajador beneficiario, Comfaboy pagára una cuota monetaria durante 12 meses de subsidio por personas a cargo, a quien acredite haberse responsabilizado del sostenimiento o cuidado de los beneficiarios.

¿Qué sucede con el subsidio monetario cuando uno de mis beneficiarios muere?
Rta: En caso de muerte de una persona a cargo por la cual el trabajador estuviere recibiendo subsidio familiar, se pagará un subsidio extraordinario por el mes en que este ocurra, equivalente a 12 mensualidades del subsidio en dinero que vinía recibiendo por el fallecido.

¿Si mi esposa y yo trabajamos en empresas diferentes recibimos simultáneamente el subsidio en dinero?
Rta: Si. Podrán cobrar simultáneamente el subsidio familiar por los mismos hijos, siempre y cuando la suma de las remuneraciones del padre y la madre no excedan el tope de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, S.M.L.M.V.

¿Qué sucede con el derecho al subsidio monetario cuando las sumas de mis ingresos con las de mi cónyuge superan los (4) salarios mínimos. SMLV?
Rta: Si suma más de (4) salarios mínimos pero no sobrepasa los seis (6) S.M.L.M.V, no se recibirá subsidio simultáneo; solo se pagará un solo subsidio, preferiblemente a la madre del beneficiario. Nota: Ninguno tendrá derecho al subsidio monetario si la suma de los salarios es mayor de 6 S.M.L.M.V.

¿Al entrar en vigencia la reforma laboral, qué sucede con el subsidio monetario de los beneficiarios de 19 a 23 años que antes gozaban de este derecho?
Rta: Segun la Ley 789 estos recursos serán destinados AL FONDO DE PROTECCION AL EMPLEO Y SUBSIDIO AL DESEMPLEO -FONEDE-, el cual destinan las Cajas para las familias en situación de desempleo.

¿Una vez terminada la relación laboral, por cuánto tiempo tiene derecho el trabajador retirado al subsidio monetario?
Rta: Cuando un trabajador afiliado beneficiario del subsidio familiar monetario se retira de la empresa, ésta debe notificar a Comfaboy inmediatamente la novedad de su retiro y sólo tendrá derecho al subsidio monetario hasta el mfes que trabajó de conformidad con el decreto 784 / 89 artículo 2.

RECUERDE QUE ANUALMENTE DEBE PRESENTAR LAS CONSTANCIAS DE ESCOLARIDAD PARA LOS HIJOS BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO MONETARIO MAYORES DE 12 AÑOS, SI ES UNIVERSITARIO LA CONSTANCIA DE ESTUDIO DEBE PRESENTARSE A COMIENZO DE CADA SEMESTRE, DOCUMENTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR EN LAS OFICINAS DE APORTES Y SUBSIDIO DE CADA CIUDAD ANTES DEL 31 DE MARZO DE CADA VIGENCIA.

TELÉFONO DE CONTACTO

TUNJA: Carrera 10 No. 16 – 81, PBX 7441515
PAIPA: Calle 25 No. 19 – 124 Tel.(8)785 1543 Cel:3203472167
DUITAMA: Calle 14 No. 13 – 69 Tel: (8)7620163 Celular: 3203472155
SOGAMOSO: Cra. 10 No. 13 - 28 Tel (8) 7717861 Celular 314 411 9246
CHIQUINQUIRA: Ciudadela Comfaboy vía a Tunja No. 35 - 75  Celular:3203472184
PUERTO BOYACA: Cra 2 No. 13– 35 Tel:(8)7383618 Celular:3144119272
GUATEQUE: Calle 11 No. 5 - 49 Tel: (8)7540083 Celular: 3203472156
SAMACA: Calle 5 No. 6 – 10 Tel: (8)7372153 Celular:3203472183314