A partir de la información registrada en EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBSIDIO FAMILIAR DE COMFABOY, se seleccionan a los beneficiarios del SUBSIDIO EDUCATIVO EN ESPECIE EN LA MODALIDAD DE CALZADO ESCOLAR que corresponde a trabajadores afiliados y beneficiarios quienes cumplan con las siguientes condiciones: La asignación del subsidio se realizará según lo señalada y aplicando los criterios definidos a la base de datos de aportes y subsidio.SUBSIDIO ESCOLAR EN ESPECIE - CALZADO ESCOLAR
CALZADO ESCOLAR. Subsidio en especie, que está representado en la entrega de (1) un par de zapatos escolares a los beneficiarios de trabajadores afiliados que cumplan los requisitos definidos, que serán reclamados en los puntos de entrega que defina COMFABOY.CONDICIONES PARA ACCEDER AL SUBSIDIO ESCOLAR EN ESPECIE CALZADO ESCOLAR
3.1 Condiciones de los trabajadores
Trabajadores de categorías A y B afiliados activos con corte al 30 de septiembre de 2022
Para el cálculo de la categoría se tomará como fecha de corte el 30 de septiembre de 2022, con la información registrada en el sistema SIAS al momento de generar el reporte para la base de datos de beneficiarios del subsidio calzado escolar.
El trabajador debe estar registrado en la nómina correspondiente al mes de septiembre de 2022, presentada dentro la fecha de la generación del reporte.
3.1 Condiciones de los beneficiarios
Hijos de trabajadores beneficiarios en edad escolar, que se encuentren cursando un grado de educación básica primaria o secundaria.
Beneficiarios que no hayan fallecido y que se encuentren en el rango de edad entre los 6 a 10 años cumplidos al 30 de octubre de 2022
Beneficiarios que cursen un grado del nivel básica primaria o secundaria durante el año lectivo 2022. Para lo cual se tendrán en cuenta la variable “escolaridad”, de aquellos que para el año 2022 la registren en la base de datos de subsidio y/o se incluyan en las bases de datos suministradas por las Secretarias de Educación de Tunja, Duitama, Sogamoso y Departamento de Boyacá, los demás presentarán certificación, constancia de estudio o cualquier documento que brinde la institución educativa donde se registre el grado de escolaridad, Nombre y código DANE de la institución educativa donde se encuentren cursando sus estudios para el año lectivo 2022. Por lo cual se debe identificar quienes ya cumplen este requisito y quienes deben adjuntarlo.
El beneficiario debe haber acreditado el derecho al pago del Subsidio Cuota Monetaria, dentro del periodo establecido por Comfaboy para la asignación del subsidio; es decir haber recibido como mínimo 1 cuota de subsidio monetario dentro las liquidaciones de subsidio correspondiente a agosto y septiembre de 2022. Subsidio cancelado entre el 202208 al 202209
Cada beneficiario no podrá recibir más de un subsidio, en caso que ambos padres cumplan requisitos solo puede recibir un subsidio, que se le asignará en preferencia a la madre de familia, siempre y cuando sea ella quien recibe la cuota monetaria.
En los casos en los cuales la madre de familia se encuentra inactiva para el beneficio, validar si el padre cumple condiciones, para garantizar que el beneficiario acceda al subsidio si tiene el derecho.
Los ingresos familiares de los beneficiarios deben ser inferiores a cuatro (4) salarios mínimos legales.
Para tener derecho a CALZADO ESCOLAR se debe cumplir la totalidad de requisitos establecidos.
En el caso de no tener el derecho al subsidio de calzado escolar por no cumplir la totalidad de requisitos establecidos, ya publicados y conocidos por todos, lo correspondiente es no redimirlo; sin embargo, en caso de usarlo, la Caja de Compensación Familiar de Boyacá COMFABOY interpondrá las acciones necesarias para la devolución de los recursos.
